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SIRE de SUNAT: quiénes están obligados, desde cuándo y cuánto es la multa

10 de octubre de 2026 · 7 min de lectura

El SIRE (Sistema Integrado de Registros Electrónicos) es la plataforma con la que SUNAT reemplazó al PLE para dos registros: el Registro de Ventas e Ingresos (RVIE) y el Registro de Compras (RCE). La diferencia práctica es quién hace el trabajo: ya no armas tú un archivo y lo envías — SUNAT genera una propuesta con los comprobantes electrónicos que ya tiene tuyos, y tú la aceptas, la corriges o la completas cada mes.

Suena a menos trabajo, y lo es — cuando tus números están ordenados. El problema es el otro lado de la moneda: como SUNAT ya tiene tus comprobantes, también sabe exactamente quién no está enviando sus registros. Y las prórrogas que venían perdonando el atraso ya vencieron.

EMPIEZA AQUÍ: ¿QUÉ TE TOCA HACER CON EL SIRE?
¿Tienes meses del SIRE sin presentar?
NO
SI LA RESPUESTA ES NO
Estás al díaSi algún mes salió con errores, se corrige con un ajuste posterior, que solo se hace sobre meses ya enviados.
SÍ
¿SUNAT ya te notificó la infracción?
NO
SI LA RESPUESTA ES NO
Regulariza hoy y paga: rebaja de 90%Con la multa mínima pagas S/ 55 por cada mes atrasado. Es el mejor momento que vas a tener.
SÍ
¿Sigues dentro del plazo que te dio SUNAT en la notificación?
SÍ
NO
SI SIGUES EN PLAZO
Regulariza ya: rebaja de 70%Con la multa mínima, S/ 165 por mes. Cada día que pasa te acerca al siguiente escalón.
SI YA SE VENCIÓ EL PLAZO
Última rebaja: 40%Solo hasta 7 días hábiles después de la notificación de la cobranza coactiva (S/ 330 por mes con la multa mínima). Después, multa completa.

Montos de ejemplo con la multa mínima (S/ 550 por mes), subsanando y pagando. La multa real es el 0.6% de tus ingresos netos, así que si facturas más, todo escala igual. Rebajas según la RS 226-2019/SUNAT, anexo II.

Quiénes están obligados, y desde cuándo

La incorporación fue por tramos. Este es el cronograma que SUNAT aplicó:

DesdeQuiénes
Octubre 2023RER y MYPE Tributario que ya llevaban sus registros por PLE o Portal
Agosto 2024Todos los obligados a llevar el RVIE y el RCE (el RER entró aquí de lleno)
Enero 2025Los demás contribuyentes que llevan estos registros
Enero 2026Principales contribuyentes (con postergaciones que SUNAT fue dando durante el año)

En corto: si estás en el RER, el MYPE Tributario o el Régimen General y emites comprobantes, lo más probable es que ya estés obligado. El Nuevo RUS no, porque no lleva Registro de Ventas ni de Compras. Y un matiz que confunde a muchos: el SIRE reemplaza al PLE solo en estos dos registros — el Libro Diario y el Mayor siguen yendo por PLE como siempre.

Las prórrogas ya vencieron

Desde el período julio de 2023, SUNAT aplicó su facultad discrecional de no sancionar las infracciones de los numerales 2 y 10 del artículo 175 vinculadas al SIRE, mientras el contribuyente regularizara (Resolución N.° 000039-2023-SUNAT/700000 y sus ampliatorias). La última ampliación —la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000032-2026-SUNAT/700000, del 27 de junio de 2026— la extendió a los períodos de junio y julio de 2026, con plazo para subsanar que venció el 31 de agosto de 2026.

Desde setiembre de 2026, un período pendiente ya no está protegido por ninguna discrecionalidad publicada. Lo que sí sigue existiendo es la gradualidad — y esa es la parte que conviene entender bien, porque es la diferencia entre pagar la décima parte de la multa o pagarla completa, por cada mes.

La multa: cuánto es y cómo se cuenta

La infracción por anotar operaciones fuera de los plazos máximos de atraso es la del numeral 10 del artículo 175 del Código Tributario. La multa:

  • 0.6% de los ingresos netos del ejercicio anterior.
  • Con un piso del 10% de la UIT: S/ 550, con la UIT 2026 de S/ 5,500.
  • Con un techo de 25 UIT: S/ 137,500.
  • Y se aplica por período: seis meses atrasados no son una multa, son seis.

La salida que casi nadie usa a tiempo

El régimen de gradualidad (Resolución de Superintendencia N.° 226-2019, anexo II, numeral 11-A) premia a quien se adelanta: si subsanas antes de que SUNAT te notifique y pagas, la multa se rebaja en 90% — pagas la décima parte. Si esperas a la esquela, la rebaja baja a 70%, después a 40%, y al final desaparece. No es un descuento por portarse bien: es una carrera contra la notificación, y cada etapa que dejas pasar se paga.

LO QUE CUESTA ESPERAR, POR CADA MES ATRASADO

Ejemplo con la multa mínima (S/ 550), subsanando y pagando. Si tus ingresos son mayores, tu multa también lo es, pero las proporciones son las mismas.

Antes de que SUNAT te notifiqueS/ 55

Rebaja del 90% sobre la multa

Ya te notificó, y estás dentro del plazo que te dioS/ 165

Rebaja del 70% sobre la multa

Pasado ese plazo, hasta 7 días hábiles después de la coactivaS/ 330

Rebaja del 40% sobre la multa

Después de esoS/ 550

Sin rebaja: multa completa

Tengo meses sin presentar: cómo regularizar, paso a paso

Esta es la secuencia, en el orden en que la vas a hacer. Tenla abierta al lado de la pantalla de SUNAT. Lo que está marcado como consejo es buena práctica nuestra, no una exigencia del sistema.

REGULARIZAR PERÍODOS PENDIENTES DEL SIRE
  1. Entra con tu Clave SOL

    En SUNAT Operaciones en Línea, ve a la opción del SIRE (Generación de Registros Electrónicos).

    SUNAT SOL › SIRE

  2. Elige el registro: ventas o compras

    RVIE es tu Registro de Ventas; RCE, el de Compras. Si debes los dos, se regularizan por separado.

    Módulo RVIE o RCE

  3. Mira qué períodos tienes pendientes

    El propio módulo te muestra los meses generados y los que faltan. Anótalos todos antes de empezar.

  4. Empieza por el mes más antiguoCONSEJO

    Avanza en orden hacia el más reciente. Así no se te queda ningún mes en el camino y llevas el control de lo que ya cerraste.

  5. Revisa la propuesta de SUNAT

    SUNAT ya arma el registro con tus comprobantes electrónicos. Tú lo aceptas, lo completas con lo que falte (boletas físicas, ajustes) o lo reemplazas.

    Aceptar · Complementar · Reemplazar

  6. Si un mes no tuviste operaciones, igual se envía

    Se presenta sin movimiento. Un mes vacío que no envías cuenta como pendiente.

  7. Genera el registro y guarda la constancia

    Al generar cada período, SUNAT deja la constancia de recepción en tu buzón electrónico. Descárgala: es tu prueba.

    Buzón electrónico SOL

  8. Paga la multa ya rebajada, sin esperar la esquela

    Subsanar y pagar antes de que SUNAT te notifique es lo que activa la rebaja del 90%. Tu contador calcula el monto exacto con tus ingresos netos.

¿Y si ya presentaste un mes pero con errores? Eso no es un período pendiente sino un ajuste: el SIRE permite ajustes posteriores, que solo se hacen sobre períodos ya cerrados (enviados). Es el camino para corregir un comprobante mal anotado o agregar uno que se te pasó, sin rehacer el mes completo.

Si el atraso es de varios meses, hazlo con tu contador al lado: ahí suele haber comprobantes físicos o ajustes que la propuesta de SUNAT no conoce, y el cálculo de la multa depende de tus ingresos netos.

Cómo cumplir sin que se vuelva un trabajo mensual

El SIRE se alimenta de tus comprobantes electrónicos. Si tus ventas y tus compras ya viven ordenadas en un sistema — cada venta con su comprobante emitido, cada gasto registrado con su RUC y su IGV — revisar la propuesta mensual toma minutos, porque tus números y los de SUNAT son los mismos. Si llevas las compras en una caja de zapatos, cada mes es una reconstrucción.

Eso es exactamente lo que FinBot Pro hace por debajo: cada venta emite su comprobante electrónico, cada gasto entra con una foto, y el Registro de Ventas y el de Compras se arman solos de ahí. Averigua en 3 toques qué plan le toca a tu negocio — o mira directo los planes con todo al detalle.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el SIRE y en qué se diferencia del PLE?

El SIRE (Sistema Integrado de Registros Electrónicos) es la plataforma de SUNAT para llevar el Registro de Ventas (RVIE) y el Registro de Compras (RCE). La diferencia de fondo con el PLE es quién hace el trabajo: en el PLE tú armabas un archivo y lo enviabas; en el SIRE, SUNAT genera una propuesta con tus comprobantes electrónicos y tú la aceptas, la ajustas o la complementas. El PLE no desaparece: sigue vigente para los demás libros, como el Diario y el Mayor.

¿Quiénes están obligados a usar el SIRE en 2026?

Prácticamente todos los que llevan Registro de Ventas y de Compras: la incorporación fue por tramos desde octubre de 2023 (RER y MYPE Tributario que ya usaban PLE o Portal), siguió en agosto de 2024 con los obligados a los registros electrónicos, en enero de 2025 con los demás contribuyentes, y cerró con los principales contribuyentes. Si estás en el RER, el RMT o el Régimen General y emites comprobantes, lo más probable es que ya estés dentro. El Nuevo RUS no, porque no lleva estos registros.

¿Cuánto es la multa por no enviar el SIRE?

La infracción es la del numeral 10 del artículo 175 del Código Tributario: anotar las operaciones fuera de los plazos máximos de atraso. La multa es el 0.6% de los ingresos netos, con un mínimo del 10% de la UIT (S/ 550 con la UIT 2026 de S/ 5,500) y un tope de 25 UIT (S/ 137,500). Y se cuenta por período: cada mes atrasado genera su propia multa.

¿Puedo librarme de la multa si ya estoy atrasado?

Librarte del todo no, pero sí pagar la décima parte, y esta es la parte que casi nadie usa a tiempo: el régimen de gradualidad (Resolución de Superintendencia 226-2019, anexo II) rebaja la multa en 90% si subsanas y pagas ANTES de que SUNAT te notifique. Si esperas la esquela, la rebaja baja a 70% y después a 40%. Y como la multa es por período, cada mes pendiente multiplica la diferencia.

¿El Nuevo RUS presenta SIRE?

No. El Nuevo RUS no lleva Registro de Ventas ni de Compras, así que no tiene nada que enviar por SIRE. Pero ojo con el límite: si tu negocio crece y pasas al RER o al MYPE Tributario, los registros electrónicos llegan con el cambio de régimen, y conviene llegar con las ventas y compras ya ordenadas.

Tus registros de ventas y compras, listos para el SIRE sin armar archivos.

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FUENTES

  1. Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000032-2026-SUNAT/700000 — SUNAT · Norma
  2. Resolución de Superintendencia N.° 226-2019/SUNAT — Anexo II (régimen de gradualidad, numeral 11-A) — SUNAT · Norma
  3. SIRE — Sistema Integrado de Registros Electrónicos — SUNAT · Fuente oficial
  4. Sunat amplía aplicación de facultad de gestionar sanciones por infracciones sobre registros — LP Pasión por el Derecho · Prensa

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